El Plan Panamá Solidario fue modificado, así quedó establecido en el Decreto Ejecutivo 830 de 11 de diciembre de 2020, en el que también adiciona nuevos artículos.
En el Decreto se establece que a partir de 1 de enero las personas que incumplan con las normas de bioseguridad para la prevención del COVID no recibirá beneficios del Plan Panamá Solidario.
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Los que quedan por fuera del Plan Panamá Solidario
Otros que tampoco serán beneficiados son los que brinden información falsa para su inclusión.
Clientes residenciales con consumo eléctrico mensual superior a los 400 kW.
Personas con propiedades con un valor catastral mayor de B/.250,000.00.
Los miembros del núcleo familiar que convivan con un beneficiario del plan "Panamá Solidario".
Las personas independientes cuya actividad económica haya sido reactivada.
Menores de 25 años dependientes económicamente.
Servidores Público.
Jubilados y pensionados.
Contribuyentes cuya última declaración de renta sea superior a 11 mil dólares y su actividad económica haya sido reactivada.
Los beneficiarios de los programas de transferencias monetarias condicionadas, exceptuando el programa Ángel Guardián.
Por otro lado, se autoriza el uso del 10% del Vale Digital para recargas del Metro de Panamá y Metro Bus.
A partir de 1 enero de 2021, para ser beneficiario quienes deseen ser incluidos deberán solicitar su validación a través de la plataforma que ponga a disposición la Autoridad de Innovación Gubernamental, y estos datos serán verificados por diferentes entidades públicas.